La Inscripción se hará con el Comprobante
de Parto, documento que acredita el nacimiento
de un hijo o hija, y el nombre y RUN de la madre que le dió a luz,
con lo que se establece legalmente la filiación respecto
de ésta. Es extendido por un médico o matrona, acreditando
el hecho del alumbramiento, los datos de la persona recién
nacida y la identidad de la madre.
Dentro de los primeros 30 días de ocurrido el nacimiento
puede requerir la Inscripción la madre o el padre, personalmente
o a través de una tercera persona a quien autorice por
un poder simple. Transcurrido este plazo, cualquier persona mayor
de edad podrá también solicitar la Inscripción.
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