Por
regla general, las Inscripciones de Nacimiento no pueden ser alteradas
ni modificadas, a menos que así lo ordene una sentencia judicial
ejecutoriada.
Excepcionalmente toda Inscripción de Nacimiento es susceptible
de ser rectificada administrativamente, en caso de error u omisión
manifiesto, trámite gratuito que se solicita directamente
ante cualquier Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación.
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