El procedimiento señala que corresponde al respectivo Director
Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación
aprobar o rechazar la solicitud, dictando en cualquiera de los
casos una Resolución Exenta fundada. En el caso de que
la Posesión Efectiva sea concedida, se publicará,
sin costo para el solicitante, el extracto de la Resolución
Exenta en un diario regional el día 1 ó 15 del mes
respectivo.
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