Por regla general las Inscripciones de Matrimonio
no pueden ser alteradas ni modificadas, a menos que así
lo ordene una sentencia judicial ejecutoriada.
Excepcionalmente toda Inscripción de Matrimonio
es susceptible de ser rectificada administrativamente, en caso
de error u omisión manifiesto, trámite que se solicita
directamente ante cualquier Oficina del Servicio de Registro Civil
e Identificación
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