Las defunciones ocurridas en el territorio
nacional deben inscribirse en la Oficina correspondiente a la
circunscripción en que tuvieron lugar.
Podrán requerirla los parientes del difunto, los habitantes
de la casa donde ocurrió el fallecimiento o los vecinos
que conozcan de su situación personal y familiar (para
aportar la información que será solicitada), quienes
deberán concurrir con los documentos que se señalan
más adelante.
El plazo para solicitar la Inscripción es de 3 días
contados desde la fecha de la defunción. Pasado este plazo,
se requiere una autorización judicial para practicar la
Inscripción.
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