Según sea el caso, debe acreditarse el pago del Impuesto al
Valor Agregado (IVA) correspondiente a la primera venta del vehículo,
o de los derechos aduaneros.
El solicitante, para requerir esta Inscripción
debe presentar siempre el original de los documentos. Sólo
respecto de facturas (de original cliente) se aceptará
fotocopia autorizada ante Notario.
Para que la Solicitud de Inscripción sea aceptada a trámite
se debe pagar los derechos de Inscripción y el valor de las
Placas Patente, presentando la Cédula de Identidad o tarjeta
RUT del propietario del vehículo, o una fotocopia simple de
estos documentos, además de su propia Cédula de Identidad.
En el caso de tratarse de un vehículo que se desee inscribir
a nombre de una comunidad, deberá señalarse el RUN o
RUT de cada uno de los comuneros.
El Servicio entregará al solicitante las Placas
Patente del vehículo y un comprobante de la Solicitud de
Inscripción. Una vez revisados los antecedentes e ingresada
la Inscripción a la base de datos, se le remitirá por correo al
domicilio que indique, el Certificado de Inscripción en el RVM.
En el evento de existir causales de rechazo a la Inscripción
solicitada, esta situación se le informará al solicitante
por correo, a fin de que concurra a la Oficina del Servicio de Registro
Civil e Identificación donde requirió la Inscripción
y efectúe las correcciones que sean necesarias. A fin de evitar
rechazos, se sugiere acompañar para personas jurídicas
fotocopia del RUT. |