Según sea el caso, debe acreditarse el pago del Impuesto al
Valor Agregado (IVA) correspondiente a la primera venta del vehículo,
o de los derechos aduaneros.
El solicitante, para requerir esta Inscripción
debe presentar siempre el original de los documentos. Sólo
respecto de facturas (de original cliente) se aceptará
fotocopia autorizada ante Notario.
Para que la Solicitud de Inscripción sea aceptada a trámite se debe pagar los derechos de Inscripción y el valor de las Placas Patente, presentando la Cédula de Identidad o tarjeta RUT del propietario del vehículo, o una fotocopia simple de estos documentos, además de su propia Cédula de Identidad. En el caso de tratarse de un vehículo que se desee inscribir a nombre de una comunidad, deberá señalarse el nombre completo y RUN o RUT de cada uno de los comuneros.
El Servicio entregará al solicitante las Placas Patente del vehículo y un comprobante de la Solicitud de Inscripción. Una vez revisados los antecedentes e ingresada la Inscripción a la base de datos, se le remitirá por correo al domicilio que indique la documentación fundante de la solicitud de inscripción, el Certificado de Inscripción en el RVM.
En el evento de existir causales de rechazo a la Inscripción solicitada, esta situación se le informará al solicitante por correo, a fin de que concurra a la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación donde requirió la Inscripción y efectúe las correcciones que sean necesarias. A fin de evitar rechazos, se sugiere acompañar para personas jurídicas fotocopia del RUT. |