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Cancelación o Alzamiento de  Limitaciones al Dominio
 
Para alzar un gravamen o una prohibición que afecte a un vehículo, se debe presentar un instrumento del mismo tipo y con las mismas solemnidades que aquel con que éste se constituyó. En el caso de vehículos internados al país acogiéndose a franquicias aduaneras, dependiendo del caso se debe presentar un Certificado de Desafectación otorgado por el Servicio Nacional de Aduanas, o un Certificado de Liberación expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o una simple solicitud del propietario del vehículo si ya hubiere transcurrido el plazo de la prohibición de enajenar.