En los casos de rechazo de una Solicitud de Inscripción o Anotación en el Registro de
Vehículos Motorizados, se emite una carta de aviso al solicitante informándole de tal
situación. La Solicitud rechazada queda sin valor y es remitida a la Oficina donde se
solicitó el trámite, con la documentación que la fundamenta, quedando allí a disposición
del solicitante. Deberá asimismo, procederse a la devolución de dinero pagado por la
inscripción objetada exclusivamente al interesado, a quien se le solicitará la cédula
de identidad; entiéndase por interesado al adquirente, en las solicitudes de primera
inscripción y transferencia; al actual propietario en solicitudes de alzamiento de
limitaciones o al acreedor, en solicitudes de limitaciones al dominio.
Cuando se produzca el reingreso de una solicitud al Registro de Vehículos Motorizados,
en el evento que el valor de la actuación haya sido reajustado, el interesado deberá
cancelar la diferencia de precio de la actuación
En la Oficina de origen, el solicitante podrá informarse
acerca de los reparos que motivaron el rechazo y la forma de subsanarlos,
con el fin de presentar adecuadamente una nueva Solicitud de Inscripción
o de Anotación, según corresponda.
Si el propietario del vehículo precisa mantener la fecha
original de ingreso de la solicitud rechazada, podrá reclamar
ante el Juez Civil correspondiente al domicilio del interesado,
quien si acoge la presentación ordenará al Registro
de Vehículos Motorizados practicar la Inscripción
con la fecha y hora de su anotación original.
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