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Eliminación por Ley 19.962
   
A partir de la publicación de la ley 19.962 ver texto, el día 25 de agosto de 2004, es posible borrar en forma definitiva determinadas anotaciones prontuariales a las personas que se encuentran en los siguientes casos:
 
     
Tener registrada en el prontuario una condena impuesta por un Tribunal Militar.
 
      Los hechos que originaron esta condena deben haber ocurrido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.  
      Estos hechos deben haber sido sancionados por las leyes 12.927, 17.798, 18.314, D.L. 77 de 1973 ó D.L. 3.627 de 1981.
 
     
La pena debe estar cumplida o la responsabilidad penal extinguida.
 
     
No debe tratarse de un delito consumado contra la vida o la integridad física de terceros.
 
     
No debe tratarse de una persona condenada por Tribunales Militares en tiempo de paz por hechos sancionados en la ley 17.798 y tener condenas por delitos comunes.
 
         
     
El interesado debe realizar una solicitud de eliminación de antecedentes penales, en cualquier oficina del Registro Civil, haciendo mención a la ley 19.962 y acompañando los documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos legales.

La solicitud se realiza en forma personal, previa presentación de la Cédula de Identidad vigente, o mediante la actuación de un tercero con poder especial emitido ante Notario en el cual se lo faculta específicamente a realizar este trámite.

 
      Documentos Necesarios (siempre que no figuren en el prontuario)  
      Copia autorizada y ejecutoriada de la sentencia condenatoria dictada en el proceso.  
      Constancia de la fecha en que se produjeron los hechos que originaron la sentencia. Dicha fecha puede constar en la copia de sentencia, en un parte policial, en una certificación del Archivero Judicial cuando conste en el proceso, o en algún otro documento original o autorizado por la autoridad que lo emite.  
      Certificado de cumplimiento de condena emitido por Gendarmería deChile o por el Tribunal, o copia autorizada y ejecutoriada de la resolución que declara la prescripción de la pena o que de cuenta de la extinción de la responsabilidad penal por cualquier motivo.  
         
      Mayor información en Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación.