Eliminación del Prontuario Penal
   
Se refiere a la eliminación del Prontuario Penal del afectado en el Registro General de Condenas. Para ello, es necesario reunir los siguientes requisitos:
 
     

Que todas las anotaciones registradas en el Prontuario Penal estén en alguna de las condiciones indicadas para la eliminación de anotaciones prontuariales.
 
     
Que el sentenciado sea favorecido con los beneficios del Decreto Ley N° 409 de 1932. Este trámite, que debe iniciar en Gendarmería de Chile, culmina con la dictación de una Resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia respectiva, que reconoce este beneficio para la persona.
 
     
Por la muerte de la persona afectada, para lo cual bastará que los interesados o herederos acompañen el respectivo Certificado de Defunción
 
         
      Documentos necesarios:  
     

Los mismos documentos indicados para solicitar eliminación de anotaciones del Prontuario Penal.

Mayor información en Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación.